Dominicanos residentes en el exterior podrán declarar a sus hijos en las sedes diplomáticas del país



SANTO DOMINGO.- Los agentes diplomáticos estarían facultados para recibir las declaraciones de nacimientos oportunas y las transcripciones de las actas del estado civil, de los hijos de dominicanos nacidos en territorio extranjero que así lo requieran.
Esta incorporación sería posible de aprobarse la propuesta de modificación a la ley 659 que el presidente de la Cámara Administrativa de la Junta Central Electoral (JCE), Roberto Rosario, sometió al Pleno del organismo, al cual le solicitó la someta al Congreso.
Ese aspecto estaría consignado en el artículo 13 de la ley. En el segundo párrafo indica que los registros deberán ser llevados en dos libros originales.
Agrega que los agentes diplomáticos cerrarán sus registros al final de cada año y enviarán el libro segundo original a la oficina central del estado civil, vía las oficinas para el registro de electores en el exterior (OPREE) en aquellos lugares en que la JCE tenga establecidas. En los demás casos, subraya, se tramitará a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores a la Oficina Central del Estado Civil. Señala que los agentes consulares deberán remitir la documentación en un período no mayor de 30 días.
Atribuciones de la OPREE
En la propuesta de Rosario, también se incorpora a la ley facultar a las Oficinas para el Registro de Electores en el exterior (OPREE) expedir certificaciones de actas y documentos.
Especifica que las certificaciones a su cargo serían de actas de defunción, matrimonio, así como de documentos de identidad, corrección de apellido, de nombre, lugar de nacimiento, sexo, estado civil, paternidad, rectificación de fecha de nacimiento, corrección de ñ en el apellido o el nombre, continuidad de matrimonio, no inclusión en el registro civil y otros que sean competencia de las oficialías.
Precisa que para ese procedimiento de expedición de certificaciones de actas las OPREE enviarán vía electrónica el documento base al encargado de la oficina consular en el exterior, a los fines de que sean validados.

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